Indemnización y salarios de tramitación
Si un despido se declara nulo por acoso, el afectado puede extinguir el contrato con indemnización y salarios de trámite.
Si una empresa efectúa un despido y no acredita las causas disciplinarias u objetivas alegadas, el despido puede ser declarado improcedente o incluso nulo. Un juez puede declarar nulo el despido si se ha llevado a cabo por causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la legislación (despido por razón de sexo, edad, condición sexual, discapacidad…) o si se han violado derechos fundamentales (por ejemplo, despido de una embarazada o de un representante de los trabajadores).
Las consecuencias de la declaración de nulidad son las siguientes:
- La empresa queda obligada a readmitir al trabajador y a pagarle los salarios de tramitación; es decir, los salarios devengados desde la fecha del despido hasta el día de la notificación de la sentencia que declara la nulidad.
- Si el despido se ha declarado nulo como consecuencia de situaciones de acoso laboral o de acoso sexual o por razón de sexo, la víctima puede optar por extinguir la relación laboral con derecho a la indemnización de 33 días por año de servicio (la indemnización prevista para los despidos improcedentes) y a los salarios de tramitación.
Por todo lo anterior, al efectuar un despido es importante poder acreditar las causas que lo justifican y revisar siempre la situación personal del trabajador afectado para evitar que el despido se declare nulo.
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre despidos y sobre cómo evitar la improcedencia o la nulidad.
CONTENIDO RELACIONADO
-
Nueva información sobre el contrato
Desde el 05/10/2026, se amplía la información que hay que dar al contratar al trabajador...
-
Registro de jornada de ETT
Si una empresa recibe a trabajadores de ETT, ¿debe garantizar que registran la jornada igual que los empleados en plantilla?
-
¿Menos días de asuntos propios? (Infografía)
Los días de asuntos propios no siempre se disfrutan íntegramente ni tienen por qué ser retribuidos. Hay que revisar el convenio.
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.